lunes, 2 de mayo de 2016
domingo, 1 de mayo de 2016
caso 4
Descripción caso 4
El comité de evaluación y seguimiento está reunido para analizar unas situaciones que se han presentado con algunos aprendices.
Al finalizar la reunión, uno de los miembros del equipo les manifiesta a los aprendices que formalmente el subdirector del centro les enviará un comunicado con la información pertinente,
pero como conclusión, les puede adelantar que se aplicarán a tres aprendices las medidas formativas correspondientes.
Las medidas serán: dos por faltas académicas, y una por falta disciplinaria. Adicionalmente, se va a brindar estímulos a dos aprendices por su buen desempeño. Uno de los aprendices
plantea que no recuerda en qué consiste las faltas académicas y disciplinarias.
Análisis caso 4:
De acuerdo con el Reglamento de Aprendices, explique a los compañeros lo siguiente:
1. ¿Cuáles son las medidas formativas y en qué consisten?
2. ¿Cuáles son las sanciones que pueden imponerse a los aprendices por faltas acadé-
micas o disciplinarias?
3. Mencione por lo menos dos estímulos o incentivos que el SENA ha adoptado para
beneficio de los aprendices y qué casos se otorgan.
Analice el caso descrito y responda según lo requerido. Publique el resultado del análisis
sus respuestas en el blog que ha creado. Notifique a su instructor oportunamente para
que evalúe la evidencia presentada.
Respuesta caso 4:
1. Faltas académicas y Disciplinarias Capítulo 8; Artículo 27: son medidas formativas 1. los llamados de atención verbal, 2.Plan de mejoramiento académico, 3. Plan de mejoramiento disciplinario.
Consiste en mejorar su desempeño académico o comportamiento disciplinario, sin afectar sus derechos, deberes y prohibiciones.
2. Capítulo 8; Artículo 28: Las sanciones son medidas adoptadas por el Sena ante una falta académica o disciplinaria, tienen cobertura nacional en la institución y deben registrarse en el sistema de gestión de la formación. La sanción debe ser proporcional a la falta.
Estás son:
a). llamado de atención escrito.
b). condicionamiento de la matrícula.
c). cancelación de la matrícula.
3. Capítulo 2; Artículo 8: Estímulos e incentivos estos son:
a). Mención de honor: se otorga durante el proceso de aprendizaje por su proceso investigativo o innovador.
b). Ser postulado para hacer pasantías o intercambios nacional o internacional: se da para los aprendices que cumplan con los requisitos del programa.
c). Ser designado como monitor: esté se hace en algo específico, cuando el aprendiz demuestra competencia en su programa de formación en la especialidad y actividades de formación que requiera su aporte.
d). Semillero nuevos instructores: este se da al finalizar los programas de formación y teniendo en cuenta su perfil y requisitos necesarios para ser instructor.
e). Reconocimiento a los aprendices: en los casos que estos se destaquen en su proceso de formación.
Al finalizar la reunión, uno de los miembros del equipo les manifiesta a los aprendices que formalmente el subdirector del centro les enviará un comunicado con la información pertinente,
pero como conclusión, les puede adelantar que se aplicarán a tres aprendices las medidas formativas correspondientes.
Las medidas serán: dos por faltas académicas, y una por falta disciplinaria. Adicionalmente, se va a brindar estímulos a dos aprendices por su buen desempeño. Uno de los aprendices
plantea que no recuerda en qué consiste las faltas académicas y disciplinarias.
Análisis caso 4:
De acuerdo con el Reglamento de Aprendices, explique a los compañeros lo siguiente:
1. ¿Cuáles son las medidas formativas y en qué consisten?
2. ¿Cuáles son las sanciones que pueden imponerse a los aprendices por faltas acadé-
micas o disciplinarias?
3. Mencione por lo menos dos estímulos o incentivos que el SENA ha adoptado para
beneficio de los aprendices y qué casos se otorgan.
Analice el caso descrito y responda según lo requerido. Publique el resultado del análisis
sus respuestas en el blog que ha creado. Notifique a su instructor oportunamente para
que evalúe la evidencia presentada.
Respuesta caso 4:
1. Faltas académicas y Disciplinarias Capítulo 8; Artículo 27: son medidas formativas 1. los llamados de atención verbal, 2.Plan de mejoramiento académico, 3. Plan de mejoramiento disciplinario.
Consiste en mejorar su desempeño académico o comportamiento disciplinario, sin afectar sus derechos, deberes y prohibiciones.
2. Capítulo 8; Artículo 28: Las sanciones son medidas adoptadas por el Sena ante una falta académica o disciplinaria, tienen cobertura nacional en la institución y deben registrarse en el sistema de gestión de la formación. La sanción debe ser proporcional a la falta.
Estás son:
a). llamado de atención escrito.
b). condicionamiento de la matrícula.
c). cancelación de la matrícula.
3. Capítulo 2; Artículo 8: Estímulos e incentivos estos son:
a). Mención de honor: se otorga durante el proceso de aprendizaje por su proceso investigativo o innovador.
b). Ser postulado para hacer pasantías o intercambios nacional o internacional: se da para los aprendices que cumplan con los requisitos del programa.
c). Ser designado como monitor: esté se hace en algo específico, cuando el aprendiz demuestra competencia en su programa de formación en la especialidad y actividades de formación que requiera su aporte.
d). Semillero nuevos instructores: este se da al finalizar los programas de formación y teniendo en cuenta su perfil y requisitos necesarios para ser instructor.
e). Reconocimiento a los aprendices: en los casos que estos se destaquen en su proceso de formación.
caso 3
El instructor le ha manifestado a tres aprendices del programa de formación Tecnología en Contabilidad y Finanzas que deben traer la cédula de ciudadanía, porque cuando ingresaron a la institución, lo hicieron con tarjeta de identidad y ya hace un año cumplieron la mayoría de edad, lo que significa que este documento ya no es válido. Adicionalmente, a pesar de que tienen un plan de mejoramiento, no han cumplido con este y uno de ellos no quiere participar en salidas técnicas. Además el Tutor encontró que personas ajenas al curso están ingresando a la plataforma virtual con el usuario y la contraseña de uno de ellos. El instructor le solicita al representante de los aprendices que les ayude a identificar en qué parte del reglamento se está fallando.
caso 2
DESCRIPCIÓN
CASO NICOLAS
Nicolás
es un aprendiz del programa de Tecnología en Multimedia, desde el inicio de su
formación hace tres meses y medio, ha sido muy dedicado y cuidadoso en realizar
las actividades de formación que le han planteado sus tutores en las guías de
aprendizaje. Nicolás desea recibir la retroalimentación correspondiente de los
trabajos presentados para conocer como le ha ido a lo largo de su proceso.
Sin
embargo, cuando le solicita a su tutor dicha retroalimentación, este responde:
“Usted debe saber cómo va, para eso hizo las actividades”. Nicolás está muy
preocupado porque teme encontrar algunas sorpresas, además su tutor le ha
comentado que solo estará en el SENA por dos meses más, porque debe irse para
otra región a encontrarse con su familia.
Nicolás
decide de manera respetuosa solicitar por escrito los juicios de evaluación de
sus evidencias y quiere hacerlo cumpliendo con la normatividad del SENA.
ANALISIS DEL CASO
De acuerdo con la intención de
Nicolás de hacer una solicitud oficial para recibir los juicios de evaluación
de las evidencias presentadas:
1.
¿En qué capítulo, articulo e ítems del Reglamento de Aprendices, se debe
amparar Nicolás para hacer dicha solicitud de manera respetuosa y formal?
El artículo séptimo del reglamento
del aprendiz titulado derechos del aprendiz da claridad de cómo hacer esta
solicitud. Nicolas se puede basar en varios ítems entre ellos:
(8). Ser escuchado y atendido en sus
peticiones respetuosas, por parte de los directivos, Instructores y personal
administrativo, ante las dificultades que se puedan presentar en su proceso de
formación.
(11). Ser evaluado objetiva e
integralmente, con base en los criterios de evaluación y la ruta de
aprendizaje. y a conocer, dentro de los ocho (8) días hábiles siguientes, los
resultados de las evaluaciones, así como las diferentes novedades académicas, cuando
estas ocurrieren, tales como amonestación, sanción, suspensión o cancelación
del registro de matrícula
(12). Solicitar, de manera
respetuosa, la revisión de las evaluaciones correspondientes, si considera que
el resultado no es objetivo, siguiendo el procedimiento establecido en este
Reglamento.
caso 1
DESCRIPCIÓN CASO FEDERICO
Federico es un aprendiz de un programa de formación de nivel técnico en
el SENA en modalidad virtual y a distancia. Hace cuatro meses inicio su proceso
de formación y su instructor le ha solicitado que visite una empresa para
observar el espacio donde permanece la maquinaria y para que analice el
mantenimiento que se le hace a la misma.
Federico llega a la empresa a efectuar la visita planeada, pero el jefe
de mantenimiento le solicita que presente el carne personal que lo acredita
como aprendiz SENA
Federico Manifiesta que nunca ha tenido carnet y que en dos
oportunidades se le ha solicitado a la líder de bienestar, ella le ha explicado
que los carnés son para los aprendices de la modalidad presencial.
ANALISIS DEL CASO
De acuerdo con el reglamento de aprendices en lo que respecta a los
derechos, proporcione una respuesta argumentada a los diferentes
cuestionamientos:
·
¿Qué respuesta le
daría usted a Federico y en que capítulo del Reglamento se Basaría?
En el artículo 3 se considera aprendiz no solo a las personas
matriculadas en los programas de formación presencial si no cualquier tipo de
formación, sea Presencial, Virtual o Combinada es por ello que los
derechos y deberes son los mismos. Ya en el artículo séptimo se reglamentan los
derechos de los aprendices donde el numeral 4 garantiza la obtención de un
carné que lo acredite como tal luego de legalizar la matricula. En este caso
Federico lleva 4 meses de formación.
·
En relación con la
líder de bienestar, ¿Qué opina acerca de la respuesta que le dio la funcionaria
al aprendiz? ¿Fue acertada o equivocada? Explique por qué.
La funcionaria del SENA dio una información equivocada ya que todo
aprendiz del Servicio Nacional de Aprendizaje, este en modalidad presencial o
virtual tiene el derecho según el artículo séptimo del reglamento del aprendiz
de gozar de una acreditación que lo referencie como aprendiz.
La solución que planeo es que rápidamente se le expida el carné a
Federico y la funcionaria pida disculpas por su falta de información
Suscribirse a:
Entradas (Atom)